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Valor de las liquidaciones por reclamos de lesiones personales en California

Un acuerdo de liquidaciones suele ser el método más común para resolver los reclamos de lesiones personales en California. Por lo general, estos reclamos no suelen llegar a una corte, debido a que no es conveniente para ninguna de las partes: ni para el demandante ni para el demandado. Los costos legales y económicos asociados a un juicio por lesiones personales son lo suficientemente elevados como para evitar ir a un juicio y optar por un acuerdo de liquidaciones.
No obstante, para lograr un acuerdo de liquidaciones que satisfaga a ambas partes, los abogados toman en cuenta un conjunto casi infinito de elementos. A pesar de que no podemos abarcarlos todos en esta publicación, es posible hacer una aproximación a alguno de ellos.
Tenga en cuenta que la consideración de estos elementos dependerá, de cierta forma, de cada caso en particular. Dependiendo de la naturaleza de las lesiones, etcétera, el abogado de cada una de las partes le prestará más atención a un aspecto que a otro. Al final de este artículo le explicaremos brevemente la importancia de un abogado especializado en el área, así como la calidad de los servicios que ofrecemos en Abogadocontigo.

lesiones personales

 
Elementos sobre la responsabilidad de las lesiones que se toman en cuenta al momento de acordar el valor de las liquidaciones
 

  • Responsabilidad del demandado o de dos o más personas: El primer elemento que se toma en cuenta es la responsabilidad de los implicados. No obstante, previo a esto, primero se determina si hay violación de la ley por parte del demandado, ya que, en caso de no haberla, no hay motivo para indemnizar al lesionado.

Ahora bien, si la hay, se procede con el proceso de establecimiento de responsabilidades. En caso de que la responsabilidad de las lesiones recaiga exclusivamente en el demandado, el valor de las liquidaciones será alto. Por el contrario, si los abogados del demandado encuentran elementos de “negligencia compartida”, esto es, que la culpa puede ser distribuida entre el demandado y el demandante, el valor de las liquidaciones se verá considerablemente reducido –dependiendo, claro está, del grado de culpa del demandante.
 

  • Intencionalidad de la conducta del demandado: El segundo aspecto en el que se centran los abogados en estos casos, por lo general, es la intencionalidad de la imprudencia del demandado. Evidentemente, si el abogado del demandante encuentra pruebas de una conducta realizada a propósito, las liquidaciones al demandante serán mayores.

 
No obstante, ha quedado demostrado que este tipo de alegaciones pueden convertirse en armas de doble filo, debido a que una conducta intencionada implica daños punitivos. Y el demandante, al enterarse de la intencionalidad de la conducta, querrá compensación por estos daños punitivos, retrasando el proceso.
 
Por otra parte, la negligencia intencional está excluida como categoría en las pólizas de seguro. Por ende, puede ser contraproducente alegar negligencia intencional si al fin y al cabo las aseguradoras no desembolsarán dinero por ese agravio.
 

  • Distribución de la culpa: De acuerdo a la proposición 51, que ya se encuentra en el código civil de California en el apartado 1431.2, la indemnización para los daños económicos resultantes de lesiones personales, es una responsabilidad compartida, es decir, cada uno de los demandados debe asumir una carga igual o equitativa en la reparación de daños económicos, como gastos médicos, daños a la propiedad y los salarios perdidos por incapacidad física.

 
Pero esta reciente invención legal también estipula que existe una indemnización por daños no-económicos; y esta compensación no puede ser distribuida equitativamente, sino que su distribución dependerá del grado de responsabilidad de cada uno de los demandados en los daños no económicos ocasionados por las lesiones personales.
 
De esta forma, si uno de los demandados posee 30% de responsabilidad por los daños no económicos y otro posee 70%, cada uno desembolsará una cantidad de dinero correspondiente a dicho porcentaje. El factor de la indemnización por daños no económicos influye considerablemente en el valor de las liquidaciones.

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Cuestiones relativas a las lesiones y las heridas que intervienen en el cálculo del valor de los reclamos de lesiones personales en California
 

  • Gravedad de las lesiones, duración y pronóstico: No cabe duda de que la gravedad de las lesiones juega un papel clave en el cálculo del valor de las liquidaciones, así como la duración y el pronóstico, debido a que esos factores influyen en el costo del tratamiento médico, a corto, mediano y largo plazo.

 
Este punto es uno de los más espinosos de un acuerdo de liquidaciones, ya que es necesario la asesoría y la opinión de un gran número de profesionales médicos: no basta con uno solo, pues cada parte involucrada solicitará su propio profesional y se hará necesario cotejar y comparar todas las opiniones para alcanzar un acuerdo satisfactorio.
 
De hecho, además de la opinión de un panel de expertos, también se examinará la jurisprudencia, es decir, se revisarán todos los dictámenes que se hayan hecho sobre casos más o menos similares.
 

  • Evidencia objetiva del dolor físico: El componente subjetivo del dolor es el factor que consideran las empresas de seguro para tomar la decisión de no asumir costes por la magnitud del dolor. Pero existe evidencia objetiva que puede ser útil para medir el dolor físico y así realizar un cálculo adecuado del valor de su indemnización: por ejemplo, las tomografías, los análisis con rayos X, etcétera.

 

  • Historial médico del lesionado: Asimismo, el historial médico de la víctima es un aspecto crucial en todo acuerdo de liquidaciones en reclamos de lesiones personales. La ley de California dicta que el historial médico del lesionado, véase, heridas o lesiones previas, no alteran la responsabilidad del demandado, a menos que (y mucho cuidado con esto) estas lesiones previas hayan sido empeoradas por la lesión actual.

 
La normativa de California también establece que el agraviante o demandado encuentra al demandante en su estado actual. En otras palabras, si alguna de las heridas o lesiones previas del demandante incidió en la gravedad de la nueva lesión, el demandado sigue siendo responsable. Así pues, el abogado del demandado no puede alegar que las lesiones personales son producto del historial médico del lesionado y no del accidente.
 
Sin embargo, alegar el historial médico como prueba es una decisión personal del demandado en conjunción con su abogado.
 

  • Edad de la víctima: Las aseguradoras suelen colocar la lupa en la edad de la víctima, por cuanto la vejez acarrea una condición física propensa a lesiones o heridas. Por ende, las empresas de seguro pueden alegar que las lesiones son una consecuencia directa de la vejez de la víctima, en vez del accidente per se.

 
La edad del lesionado también es objeto de consideración si la víctima queda incapacitada de por vida, pues el costo del tratamiento médico debe multiplicarse por la expectativa de vida del lesionado.
 
 

  • Profesión u ocupación del lesionado: Este aspecto tiene una clara relación con el aspecto anterior, en el sentido de que la profesión del lesionado también afectará el valor de las liquidaciones por reclamos de lesiones personales.

 
No es insignificante la cuestión sobre si el lesionado era un asalariado pagado a tiempo completo o si era un trabajador independiente. Tal como apuntamos con anterioridad, las liquidaciones deben incluir el pago de todos los salarios que dejará de percibir el lesionado como consecuencia de sus heridas.
 
Asimismo, dependiendo de la naturaleza de la lesión, la incapacidad para trabajar puede causar un daño psicológico a la víctima, debido a que es un cambio en su estilo de vida. Recordemos que esto entra en la categoría de daños no económicos, por lo que se toma en cuenta en el cálculo de las liquidaciones.
 

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La importancia de un abogado experto y los servicios de Abogadocontigo
 
Como te habrás dado cuenta, los aspectos concernientes al proceso de negociación y/o cálculo de indemnizaciones por reclamos de lesiones personales en California son numerosos y cada uno de ellos requiere una atención profesional y especializada.
De hecho, en este artículo sólo mostramos algunos de esos aspectos, pues son demasiados como para abarcarlos todos en una sola publicación. No obstante, no es necesario que usted se preocupe por todos estos aspectos; tan sólo necesita contratar a un abogado experto y especializado en el área. Debería saber que abundan los casos de lesionados que no han recibido ni la más mínima compensación por sus heridas debido a la inexperiencia y carencia de profesionalidad de sus abogados.
Y allí radica precisamente la importancia de los servicios que ofrecemos en Abogadocontigo: no somos un grupo de abogados comunes y corrientes, como aquellos que sólo se mueven por el lucro y no le prestan la debida atención al caso del cliente. Nosotros somos un grupo de abogados expertos, profesionales, especializados, solidarios y humanitarios.
En otras palabras, nosotros podemos manejar su caso con suma experticia, a un precio completamente accesible y considerando su situación personal. Sólo póngase en contacto con nosotros y uno de nuestros profesionales se encargará gustoso de su caso.
 
 

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